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KAFKA EN LA ESCUELA PÚBLICA VASCA(Por

Pablo A. Martín Bosch. “Aritz”. Profesor del IES Txorierri de Derio (Bizkaia). Octubre de 2002.)

  

            Venimos oyendo a lo largo de los últimos años la necesidad de formalizar de un modo u otro el sistema educativo de este País a fin de que un número menor que el actual se vea apartado de la educación, al menos de la Obligatoria, y pueda, a su vez, reducirse el denominado “fracaso escolar”, la cantidad de alumnos y alumnas que por falta de interés, de motivación o de capacidad, o por cualquier otra razón, se veían abocados a no poder formarse intelectualmente, relegados al mundo laboral, como si de una maldición se tratara. Por ese motivo, parece ser, y no vamos a ser quisquillosos en lo referente a estadísticas y políticas electoralistas, se propuso la cuestión del acceso directo a lo largo de la Educación Secundaria Obligatoria, tema que más de un quebradero de cabeza ha originado entre quienes nos vemos obligados a cumplir las normas que, gente por lo general distante de la propia enseñanza, iban marcando. Y el caso es que logramos amoldarnos a los nuevos principios. Los cursos se pasaban, o se aprobaban, sin necesidad de aprobar siquiera las asignaturas que los conformaban. Y esto, como es lógico, trajo sus protestas. Quejas orientadas desde el colectivo docente, que veía como la Educación, aquello en lo que algunos aún creemos como motor social, quedaba reducido a mero papel mojado. Otra cuestión sería la opinión de alumnos y alumnas, que ahora podían rendir al mínimo, o incluso menos, sin la amenaza del suspenso y la repetición de curso correspondiente. Y no es que creamos que éstas últimas sean el non plus ultra de la educación, pero han mostrado su eficacia durante largos años y con regímenes diferentes como para aventurarse en nuevas batallas sin haber concluido las anteriores. Así las cosas, sin un diagnóstico serio sobre la situación, sin recabar información de los centros, sin consultar a docentes, APAs, alumnos y personal no docente sobre las condiciones óptimas en las que desarrollar sus respectivos quehaceres, una nueva Reforma nos viene encima. Una Reforma que, repetimos, asienta sus reales sobre la Ley de Calidad de la Enseñanza, Ley de la que no tenemos constancia que sepa siquiera cuál es su definición o qué entiende por “Calidad” en la enseñanza.

 

            El hecho es que los Gobiernos, tanto el Central como los autonómicos, o al menos así nos consta en el País Vasco, han apostado fuerte por una educación que pueda ser catalogada como de calidad. Ministras y Consejeras así lo pregonan a los siete vientos. Y, sin embargo, un insignificante caso, algo nimio y desapercibido muestra la fastuosidad de las manifestaciones y la pobreza de los contenidos.

 

            A finales del curso lectivo de 2001-2002 un alumno de un instituto de Bizkaia no se presentó al examen final de una asignatura. Verdad es que la asignatura, Ética, queda bien en los papeles, pero escasa en una Sociedad tan necesitada como la nuestra, pero igualmente se trata de una “asignatura con nota” (y no como esas otras, menospreciadas, que deben limitarse a mantener en sus asientos, o al menos un cierto orden entre alumnos y alumnas, cual es el caso de las diferentes alternativas a la Religión Católica), es decir, que debe ser evaluada de un modo u otro. Los criterios de evaluación los presenta, en primer lugar, cada departamento, a continuación los firma el Jefe del mismo, más tarde pasan la revisión de la Dirección del Centro y, por último, logran el visto bueno de la Delegación Territorial o Provincial, que por lo general no pone trabas al mismo, con lo que los asume como propios.

 

            Evidentemente el hecho de que un alumno no se presente a un examen, aún tratándose del global (téngase en cuenta que hablamos de Evaluaciones Continuas, donde el peso de la calificación recae precisamente en la última Junta de Evaluación), no es óbice para que el alumno pueda ser calificado, máxime si presenta un justificante oficial que confirme su imposibilidad a asistir a la prueba mencionada. Pero el alumno ni se presenta al ejercicio, ni muestra justificante alguno, ni escrito ni de forma oral ante tal ausencia, con lo que el profesor, en primer lugar, le insta a que lo haga, y, mas tarde, lo comenta con el tutor y con la Junta de Evaluación, que opta por mantener el suspenso o calificación negativa hasta que pueda resolverse tal situación, hecho que no se produce, con lo que continúa con la nota previamente establecida.

 

            La sorpresa salta cuando es la madre del sujeto quien reclama la calificación por no considerarla justa, a pesar de indicarle que su hijo no ha hecho el examen, no ha entregado trabajo alguno y no ha presentado los justificantes que le eximan de la realización exigida (aceptada, como hemos dicho, por la propia Administración, amén del ROF y las programaciones del departamento). El alumno ni siquiera se persona en el momento de la reclamación, puesto que se encuentra de Viaje de Estudios, y la madre, por su parte, fuera de todo plazo legal, muestra justificantes médicos que avalan su postura. Los tiempos corren y se entregan las actas en Delegación con el Suspenso como nota final.

 

            Sin embargo la madre recurre tal decisión, causando mayor sorpresa la nota emitida por el Inspector, que aún confirmando la necesidad de realizar las pruebas, y de presentar en los plazos los justificantes pertinentes, da la oportunidad de cumplir los requisitos exigidos, incluso fuera de tiempo (anexo 1). La respuesta, tras consultar a la Junta Directiva del Centro, al tutor, al Departamento e incluso al Claustro de Profesores (anexo 2 y 3) fue la de mantener la calificación previa, toda vez que el precedente que se creaba era más perjudicial para el sistema educativo que la decisión adoptada, que no repercutía directamente en la adquisición del título por parte del alumno presuntamente perjudicado. Así se les hizo saber a los padres del mismo a la vez que a la Inspección de Educación del Gobierno Vasco.

 

            La última sorpresa, por el momento, se da cuando es, no ya el Inspector Andoni ANASAGASTI, sino el Delegado Territorial, Gaizka GABANTXO ZABALA, quien, sin tener siquiera en cuenta las alegaciones presentadas, y saltándose las opiniones del profesor de la asignatura, de la jefatura del Departamento, de la Junta de Evaluación, de la Dirección del Centro y del Claustro de Profesores, es decir, de toda la jerarquía educativa, “resuelve que debe realizarse el examen de Ética”, sin especificar siquiera si debe ser el mismo profesor, o el departamento, o el Centro, si debe de ser un examen global o trimestral, si tiene que ser semejante o no al establecido en Junio y si esa nota ha de constar como trimestral (haciendo la media con el resto o no) o como nota última.

 

            Las carencias, como se ve, son muchas, pero una orden es una orden y ha de obedecerse. ¿Qué se puede hacer? Parece que nada, salvo poner Sobresalientes a todos los alumnos y alumnas para evitar el papeleo. Eso sí, un consejo a los padres y madres de alumnos: no enviéis siquiera a vuestros hijos a los Centros, basta con que os quejéis ante el Inspector de turno con el precedente actual para lograr las máximas calificaciones.

 

 

 

Pablo A. Martín Bosch. “Aritz”

 

Doctor en Filosofia por la EHU-UPV.

 

Licenciado en Antropología Social y Cultural por la U. Deusto.

 

Especialista Universitario en Ciencia, Tecnología y Sociedad por la UNED.

 

Jefe del Departamento de Filosofía en el Institutu Txorierri de Derio.

 

 

 

 

 

 

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